Reinstitución de las diaconisas / Obispo Felipe Arizmendi
Reflexiones del obispo de San Cristóbal de Las Casas, Felipe Arizmendi Esquivel
V E R
“Tras una oración intensa y una reflexión madura, su Santidad ha decidido instituir la comisión de estudio sobre el diaconado de las mujeres”, anunció la Sala de Prensa de la Santa Sede. De esta forma, cumple lo que ofreció a la Unión Internacional de Superioras Generales, que le hicieron la propuesta.
¿Qué significa y qué implica esto ¿Será un camino para que las mujeres puedan ser ordenadas sacerdotes?
En los primeros siglos de la Iglesia había diaconisas. San Pablo menciona a una: “Les recomiendo a nuestra hermana Febe, diaconisa de la Iglesia de Cencreas. Recíbanla bien, como debe hacerse entre cristianos y santos hermanos, y ayúdenla en todo lo que necesite, pues muchos están en deuda con ella, y yo también” (Rom 16,1-2).
¿Qué hacían? Como se acostumbraba el bautismo de personas adultas por inmersión y bajaban al agua sin ropa, para después revestirse con una túnica blanca, no era decente que esta celebración la hicieran el obispo, los presbíteros o los diáconos; por ello, se establecieron mujeres diaconisas que bautizaran a las mujeres. Además, cuando había quejas de esposas porque sus maridos las habían golpeado, las diaconisas debían revisar el cuerpo de la mujer, para comprobar las heridas o los hematomas; no era prudente que fueran varones quienes hicieran tal revisión. Por otra parte, se acostumbraba hacer las unciones de los enfermos en las partes del cuerpo que les dolían; lo conveniente era que tal servicio lo dieran las mujeres. Con el tiempo, estas costumbres cambiaron y desaparecieron las diaconisas. No hay constancia de que hayan recibido la ordenación sacramental, sino que era un servicio que daban en la comunidad.
PENSAR
¿Conviene que hoy se instituyan de nuevo? Antes del Concilio Vaticano II (1962-65), el diaconado era sólo para varones célibes que se preparaban al sacerdocio. El Concilio restableció el diaconado permanente “no en orden al sacerdocio, sino en orden al ministerio” (LG 29), para dar algunos servicios como administrar el bautismo, asistir al matrimonio, proclamar el Evangelio y predicar en la Misa, dar la bendición con el Santísimo, celebrar las exequias de los difuntos, hacer diversas bendiciones. Este diaconado se confiere a varones casados, y actualmente hay miles en toda la Iglesia. No celebran Misa, ni confiesan, ni ungen sacramentalmente a los enfermos. Se estudia si también se puede conferir el diaconado a mujeres.
¿Qué podrían hacer? Lo mismo que los diáconos. Sin embargo, para esas celebraciones no hacen falta diaconisas; el obispo puede autorizar a mujeres catequistas, a esposas de diáconos permanentes, a religiosas y a otras mujeres adecuadamente preparadas, para que las hagan. Yo he delegado, conforme a las normas de la Iglesia, a dos mujeres indígenas para bautizar y presidir matrimonios, en lugares lejanos donde es rara la presencia de un sacerdote y no hay diáconos.
El Catecismo de la Iglesia Católica indica: “El ministerio eclesiástico, instituido por Dios, está ejercido en diversos órdenes por aquellos que ya desde antiguo reciben los nombres de obispos, presbíteros y diáconos. La doctrina católica, expresada en la liturgia, el magisterio y la práctica constante de la Iglesia, reconoce que existen dos grados de participación ministerial en el sacerdocio de Cristo: el episcopado y el presbiterado. El diaconado está destinado a ayudarles y a servirles. Por eso, el término ‘sacerdote’ designa, en el uso actual, a los obispos y a los presbíteros, pero no a los diáconos. Sin embargo, la doctrina católica enseña que los grados de participación sacerdotal (episcopado y presbiterado) y el grado de servicio (diaconado) son los tres conferidos por un acto sacramental llamado ‘ordenación’, es decir, por el sacramento del Orden” (1554).
Se excluye por completo que las posibles diaconisas llegaran a ser ordenadas sacerdotes. Esto ya quedó finiquitado desde 1994 por el Papa Juan Pablo II: “Con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a los hermanos (cf. Lc 22,32), declaro que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia” (Ordinatio Sacerdotalis, 4).
ACTUAR
Pidamos al Espíritu Santo que ilumine al Papa para decidir lo más conveniente. Mientras tanto, sigamos dando a las mujeres el lugar que les corresponde en la Iglesia y en la sociedad.
Agencias noticiosas en México – Reflexión y Liberación.